NOVEDADES FISCALES Y TODA LA INFORMACION

CIRCULAR MARZO

NOVEDADES FISCALES Y TODA LA INFORMACION SOBRE LOS MODELOS A PRESENTAR

Estimado Asociado:

Por la presente le recordamos que las obligaciones tributarias para este mes de Abril son las siguientes:

Hasta el día 10:

– Formulario INTRASTAT, de operaciones intracomunitarias, realizadas durante el mes de Marzo (Obligación Mensual).

Hasta el día 20:

– Declaración de I.R.P.F., retenciones de trabajadores, profesionales o agricultores, correspondientes al 1º trimestre de 2015. Modelo 111.

– Declaración de retenciones sobre arrendamientos de bienes inmuebles urbanos, correspondiente al 1º trimestre de 2015. Modelo 115.

– Declaración del pago fraccionado del I.R.P.F., correspondiente al 1º trimestre de 2015. Modelos 130 y 131 (Solo personas físicas).

– Declaración de ventas de vinos y subproductos, para alcoholeras, correspondiente al 1º trimestre de 2015. Modelo 521 (Solo sí ha habido movimiento) (Deberá presentarse obligatoriamente por Internet).

– Declaración del Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas, correspondiente al 1º trimestre de 2015, Modelo 553 (Obligatoria su presentación por Internet).

– Declaración del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades, correspondiente al 1º periodo de 2015, Modelo 202.

– Declaración de I.V.A., correspondiente al 1º Trimestre de 2015. Modelo 303. Para las Cooperativas inscritas en el Registro de Devolución mensual, modelo 340 correspondiente al mes de Marzo de 2015.

– Declaración de operaciones intracomunitarias del 1º Trimestre de 2015. Modelo 349.

Hasta el día 24:

– Declaración del Impuesto de Sociedades, para aquellas Sociedades o Cooperativas que realizan el cierre de ejercicio con fecha 30-09-2014. Modelo 200.

 

Hasta el día 30:

– Legalizaciones de los Libros de Contabilidad en el Registro Mercantil o de Cooperativas, para aquellas Sociedades que cierren el ejercicio el día 31-12-2014. En el Registro Mercantil será obligatorio la presentación de los Libros de Contabilidad en soporte informático, ya no admiten el papel.

 

Nota: Se adjunta Consulta de la Dirección General de Tributos en la que se admite la validez del envío de las fras. por correo electrónico en formato PDF.

 

Consulta Dirección General de Tributos

 

Si tiene cualquier duda sobre este tema o necesita ampliar información, no dude en contactar con nosotros en el 926 21 00 77 

Noticias recientes

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies
post-it-febreropost-it julio